Garantias por cambio de empresario

En el caso de que exista varios empresarios todos se hacen cargo de las cuotas a la seguridad social y las retribuciones. En este caso el trabajador es el acreedor sobre los empresarios que son los deudores y se establece la responsabilidad de manera directa pudiendo ser solidarias por el total de la responsabilidad y mancomunada por partes , que está se reparte la responsabilidad entre todos los deudores por partes iguales pero hay que destacar que la parte solidaria con que haya un empresario solvente esté se hace cargo de la deuda total por lo tanto es más beneficioso para el trabajador ante reclamaciones. Hay tres situaciones: Contratas y subcontratas: art 42.
Se da cuando una empresa tiene que hacer un trabajo en vez de hacerle con sus propios trabajadores lo realiza contratando a otra empresa para que esta realice el trabajo. El trabajador tiene derecho de estar informado de cuando la empresa para la que trabaja está siendo subcontratada por otra. El estatuto de los trabajadores exige que la empresa madre al realizar una subcontrata debe de asegurarse que es una empresa seria y que esta, esta a corriente del pago a las cuotas de la seguridad social, ya que su insolvencia, la acarreada sobre la empresa primera. Cesión de trabajadores: Art 43.
De manera directa por parte de ambas empresas está totalmente prohibido de manera única está permitido y previsto para ello por las ETT bajo contrato con la empresa usuaria haciéndose cargo la ETT de todas las responsabilidades sobre el trabajador. Y cuando la ETT no puede hacerse cargo de las responsabilidades la empresa usuaria tiene la responsabilidad subsidiaria. Cuando los trabajadores son sometidos al tráfico prohibido tendrá derecho la condición de fijo en su elección en la empresa cedente o cesionaria. Cesión de empresas art 44.
Cuando se hace de manera voluntaria, debe de mantenerse todas las condiciones de los trabajadores. Y cuando existen obligaciones anteriores a la sesión se harán cargos ambas empresas y cuando es posteriormente la empresa compradora aún que cuando la transmisión se marca cómo fraude para encubrir insolvencia u otras causas ilegales se hace cargo ambas empresas.

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